El acceso al agua limpia es un derecho humano reconocido internacionalmente. Cuando una empresa es miembro de RSPO y cumple con los Principios y Criterios, significa que está comprometida en cuidar la biodiversidad y el agua. El estándar de RSPO establece el criterio que en las operaciones se mantiene la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.
El Criterio 7.5 de los Principios y Criterios de RSPO de 2024 indica que “La Unidad de Certificación debe demostrar esfuerzos para mantener la calidad y disponibilidad de las aguas superficiales y subterráneas, y mitigar/remediar cuando eso ocurra ” (Traducción libre). Asimismo, en el criterio 7.5.4 indica que “La unidad de certificación debe tratar y procesar el efluente de la planta extractora de aceite (POME por sus siglas en inglés), en cumplimiento con las regulaciones nacionales aplicables”
Los Principios y Criterios de RSPO están acompañados de una serie de mecanismos de participación, en los que las comunidades pueden hacer parte, como las auditorias de certificación o los estudios de impacto social y ambiental, para indicar si las empresas cumplen o no con el cuidado del agua. No obstante, un desafío para la participación de las comunidades de Centroamérica en estos procesos, es contar con información previa, clara y pertinente sobre las condiciones del agua. Se puede saber cuando hay una situación de contaminación de los ríos, y también observar una reducción de la disponibilidad del vital líquido; pero no siempre es sencillo demostrar si esto tiene vínculo con las operaciones de una empresa en particular; más en territorios en que hay una diversidad de actividades agroindustriales.
El indicador 7.5.1 hace referencia a que las empresas deben tener planes de manejo del agua, en los cuales se tenga en cuenta a las comunidades afectadas. Y una tarea importante es brindar los datos de los monitoreos de agua que realizan las empresas.

Desde el Observatorio de Derechos en palma, estamos impulsando la realización de ejercicios de monitoreo participativo, en el que las comunidades que estén preocupadas por la calidad del agua, puedan asistir a procesos de tomas de muestra en puntos estratégicos relacionados con los efluentes de las plantas de tratamiento del aceite de palma, para luego conocer en detalle los resultados y comprender cómo estos reflejan la situación de la calidad del agua.
En Guatemala, existe un reglamento de las descargas y reuso de aguas residuales y de la disposición de lodos (Acuerdo Gubernativo No 236-2006) que cuenta con 19 parámetros de análisis, entre los cuales se encuentran aspectos como la temperatura, grasas y aceites, materia flotante, demanda bioquímica de oxígeno y sólidos suspendidos. Sin embargo, hace falta que estos parámetros incluyan los agrótóxicos, fundamentales para los muestreos de control de la calidad del agua de los POME.
Se espera que este proceso se constituya en una buena práctica, que pueda replicarse con otras empresas y otras comunidades. Y junto a esta iniciativa de brindar datos de calidad, debe también brindarse información de la cantidad de agua utilizada en las operaciones de las empresas, y cómo están controlando que no se limite el acceso al agua de las comunidades.
Estas buenas prácticas, también contribuirán a promover una mayor participación de las comunidades en los mecanismos de RSPO, en particular, los procesos de certificación, y que esa participación sea oportuna y con una mejor comprensión sobre las operaciones y un buen fundamento acerca de sus preocupaciones.